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Pagos Fraccionados del Impuesto de Sociedades

Pagos Fraccionados del Impuesto de Sociedades

Acerca de los Pagos Fraccionados del Impuesto de Sociedades

Adicionalmente a la presentación del modelo 200, los sujetos pasivos del Impuesto de Sociedades que hayan tenido un resultado positivo en la última declaración del Impuesto de Sociedades presentada.

Pagos Fraccionados del Impuesto de Sociedades

Tendrían que presentar periódicamente el modelo 202 (Pago Fraccionado del Impuesto de Sociedades), para realizar pagos a cuenta del importe a pagar que se obtenga del modelo 200 del siguiente ejercicio.

Este modelo 202 es un mecanismo ideado por los Organismos Tributarios para conseguir cobrar con antelación los impuestos correspondientes a cada ejercicio.

¿Cuándo se presenta el modelo 202?

Se presenta tres veces al año en los meses de abril, octubre y diciembre y presenta dos modalidades para el cálculo del importe a ingresar.

La primera modalidad sería la contenida en el artículo 45.2 del Texto refundido de la Ley del Impuesto de Sociedades, y consiste en la aplicación de un porcentaje sobre la Cuota Íntegra obtenida en el último modelo 200 presentado.

Esta modalidad presupone que si en el ejercicio anterior se obtuvieron unos resultados positivos determinados, en el siguiente ejercicio estos resultados deberían repetirse. Se intenta por tanto estimar el resultado del ejercicio vigente basándose en resultados pasados.

La segunda modalidad es la incluida en el artículo 45.3 del Texto refundido de la Ley del Impuesto de Sociedades, y su método de obtención permite ir haciendo cálculos provisionales del resultado de la entidad hasta la fecha de presentación del modelo de pago fraccionado.

No podría decirse que un método sea mejor o peor que el otro, ya que eso va a depender de la situación particular de cada entidad. Si se opta por el primer sistema, puede ocurrir que en cada pago fraccionado esté pagando más de lo debido o menos dependiendo de si el resultado está siendo peor o mejor respectivamente que el periodo anterior.

Sin embargo, si el sistema utilizado es el segundo, el importe que deberá pagarse estará más ajustado al resultado real que está obteniendo hasta la fecha.

En cualquier caso, el contribuyente puede optar por un método u otro, con lo que podrá adaptarse en función de sus previsiones a un sistema o a otro.

Todos los ingresos realizados a consecuencia de la presentación de los distintos modelos 202 son considerados como entregas a cuenta del montante total a pagar en la declaración final del Impuesto de Sociedades realizada a través del modelo 200. Eso supondría que si una sociedad que presentara su modelo 200 obtuviera un resultado a pagar, digamos 5.000 euros, y hubiera realizado pagos a cuenta durante el ejercicio por importe de 1.500 euros, solo tendría que pagar diferencia entre ambos. En este caso, 3.500 euros.

Presentar el modelo de pagos fraccionados del IS

El período impositivo correspondiente al pago a plazos, los contribuyentes con una facturación neta superior a 6 millones de euros presentando el modelo 202.

Esta obligación no tiene nada que ver con los ingresos. Aunque los ingresos sean negativos (sin ingresos), si nuestra facturación supera los 6 millones de euros, debemos presentar el formulario 202.

No obstante, aunque nuestra facturación no supere los 6 millones de euros, pero el formulario de declaración nos permita entrar, también debemos mostrar el modelo.

Por otro lado si los pagos a cuenta hubieran sido superiores al resultado obtenido en el modelo 200, la sociedad podría solicitar la devolución del importe pagado en demasía marcando la casilla correspondiente en el modelo 200 e indicando la cuenta bancaria en la que se quiere recibir la devolución.

El día en que se inicie el período impositivo correspondiente al pago a plazos, los contribuyentes con una facturación neta superior a 6 millones de euros deberán presentar un modelo 202.

Esta obligación no tiene nada que ver con los ingresos. Aunque los ingresos sean negativos (sin ingresos), si nuestra facturación supera los 6 millones de euros, debemos presentar el formulario 202.

No obstante, aunque nuestra facturación no supere los 6 millones de euros, pero el formulario de declaración nos permita entrar, también debemos mostrar el modelo.

Además, determinadas entidades no están obligadas a proporcionar un modelo de pago del impuesto de sociedades, como:

Los grupos de interés económico y las uniones temporales de empresas de su régimen especial, cuyo porcentaje corresponda al conjunto de socios o afiliados residentes en España.

Ciertas entidades están obligadas a pagar 0% o 1% de impuestos corporativos.

Las casillas del modelo 202

Hay varios bloques de casillas referidos a:

Datos identificativos.

Indicación de fechas relacionadas con el devengo de los pagos fraccionados.

Datos adicionales relacionados con regímenes que se aplican específicamente a ciertas empresas.

La liquidación propiamente dicha.

Otro bloque de información adicional, referido a importes que influyen en la liquidación.

Sendos bloques para indicar que se trata de una autoliquidación complementaria o una negativa (sin ingreso).

Datos relacionados con la forma de pago.

Además, hay otro anexo que solo se rellena si se tienen más de 10 millones de euros de importe neto de la cifra de negocios.

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